Sunday, December 23, 2007

* Más de 70 países persiguen, por ley, la homosexualidad y en 8 puede suponer pena de muerte.

  • Más de 70 países persiguen, por ley, la homosexualidad y en 8 puede suponer pena de muerte.
  • El informe de Amnistía Internacional , recoge los abusos y violaciones de los derechos humanos de las minorías sexuales en el mundo. No obstante, también menciona algunos avances obtenidos en el último año.

La situación en África sigue siendo muy negativa. Así, Amnistía Internacional señala que en Camerún se condenó a nueve hombres y a cuatro mujeres por practicar la homosexualidad. Además, 12 jóvenes estudiantes fueron expulsadas de un centro educativo por ser lesbianas. No pudieron matricularse en ningún otro centro de enseñanza. En Nigeria, el ministro de Justicia presentó al Consejo Ejecutivo Federal un proyecto de ley que penalizaba los matrimonios entre personas del mismo sexo, la participación en dichos matrimonios y las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, ya fuera en público o en privado.

Sudáfrica, por su parte, presentó un informe sobre prisiones en el que se recogía que abundaban los actos de violencia sexual, sobre todo contra presos jóvenes, gays y transexuales, y que los guardias estaban implicados en numerosas agresiones sexuales y en la venta de favores sexuales a presos adultos por parte de reclusos jóvenes. En Uganda, persistieron los abusos contra lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero. La homosexualidad era delito en Uganda, y los medios de comunicación, la policía y otros grupos, incluidos miembros del personal docente, perseguían y acosaban a las personas pertenecientes a estos colectivos. En agosto, el periódico The Red Pepper publicó una lista de hombres que, según el rotativo, eran gays.

La comunidad de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero siguió siendo objeto de estigmatización, discriminación y abusos en muchos países de América, aunque logró también ser más visible y algo más aceptada, sobre todo en las grandes ciudades. En Nicaragua continuaron estando penalizadas las relaciones homosexuales entre hombres y mujeres, y en algunos países caribeños seguían en vigor diversas «leyes contra la sodomía». Sin embargo, en algunos países se adoptaron medidas positivas para garantizar la igualdad ante la ley.

Ciudad de México aprobó una ley histórica en la que se reconocían las uniones entre personas del mismo sexo. En Colombia, el Congreso estudió un proyecto de ley que, en caso de ser aprobado, concedería a las parejas homosexuales los mismos derechos en materia de seguridad social que a las parejas heterosexuales. En Estados Unidos, se recibieron informes de malos tratos policiales a lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero, así como de falta de respuesta adecuada a delitos por motivos de identidad contra estos colectivos.

Los derechos humanos de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero seguían considerándose una cuestión delicada en numerosas partes de la región de Asia y Oceanía. Sin embargo, el activismo en favor de los derechos de estas personas aumentó en varios países, como China, Filipinas e India. En India, un centenar de personalidades públicas, entre las que había escritores, profesores universitarios y celebridades, firmaron una carta abierta en la que pedían la derogación del artículo 377 del Código Penal, que tipificaba como delito la homosexualidad. En Filipinas, el colectivo de activistas ejerció una intensa presión para que se aprobase un Proyecto de Ley Antidiscriminación destinado a impedir la discriminación de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero.

En Europa, el informe de Amnistía Internacional señala cómo en Letonia, Polonia y Rusia las autoridades continuaron fomentando un clima de intolerancia contra las comunidades de lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero, y obstruyendo actos públicos organizados por esos colectivos, e importantes figuras políticas utilizaron un lenguaje abiertamente homófobo. El informe recoge que en España se aprobó en marzo una Ley de Identidad de Género por la que las personas transexuales pueden modificar la referencia del nombre y sexo en sus documentos de identidad, sin necesidad de someterse a una operación genital y sin procedimiento judicial.

Por último, en cuanto a Oriente Medio, según los informes que ha manejado Amnistía Internacional, 250 personas fueron detenidas por asistir a una reunión social privada en la zona de Al´Ashamia, en Jizan, en agosto; al parecer, 20 hombres que se encontraban entre ellas eran presos de conciencia detenidos únicamente por su orientación sexual, real o aparente. Al finalizar el año continuaban recluidos sin cargos ni juicio; otras personas detenidas al mismo tiempo quedaron en libertad sin cargos. En Irak, se recibieron informes sobre personas que habían sido víctimas de hostigamiento, amenazas u homicidio a causa de su orientación sexual, real o aparente.

Wednesday, December 12, 2007

colectivo LGBT en Lituania


Estimada/o amiga/o:
Adjuntamos la acción sobre la situación del colectivo LGBT en Lituania
para su conocimiento y difusión.
Un saludo.
Equipo de Minorías Sexuales de
Amnistía Internacional
Secretariado Estatal

http://www.es.amnesty.org/uploads/tx_useraitypdb/lituania-dic07.pdf

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Monday, December 10, 2007

60 años Declaracion Universal de los Derechos Humanos.

Si no conoces los Derechos Humanos, no los puedes respetar. Campaña usando documentación audio-visual.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Ver vídeo

Artículo 2

  1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
  2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía. Ver vídeo

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Ver vídeo

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. Ver vídeo

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Ver vídeo

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Ver vídeo

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Ver vídeo

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. Ver vídeo

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. Ver vídeo

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. Ver vídeo

Artículo 11

  1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
  2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Ver vídeo

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. Ver vídeo

Artículo 13

  1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
  2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país. Ver vídeo

Artículo 14

  1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
  2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Ver vídeo

Artículo 15

  1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad. Ver vídeo

Artículo 16

  1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
  2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
  3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Ver vídeo

Artículo 17

  1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
  2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. Ver vídeo

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. Ver vídeo

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Ver vídeo

Artículo 20

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
  2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. Ver vídeo

Artículo 21

  1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
  2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
  3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto. Ver vídeo

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. Ver vídeo

Artículo 23

  1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
  2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
  3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
  4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. Ver vídeo

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. Ver vídeo

Artículo 25

  1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
  2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social. Ver vídeo

Artículo 26

  1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. Ver vídeo

Artículo 27

  1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
  2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. Ver vídeo

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos. Ver vídeo

Artículo 29

  1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
  2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
  3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Ver vídeo

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. Ver vídeo

tomado de http://www.documentalistas.org

Saturday, December 08, 2007

TU FIRMA SALVA VIDAS!!!

Wednesday, November 28, 2007

Boletin Diversidad. AI

Adjuntamos enlace del último Boletín Diversidad (nº 19) sobre DDHH y
Minorías Sexuales de Amnistía Internacional. Contiene las noticias
relacionadas en el siguiente sumario:
-Actualización del Caso de Christina Sforza (transexual agredida en EEUU).
-Persecución a defensores de derechos humanos en Centroamérica.
-La policía no protege a los participantes de la Marcha del Orgullo Gay en
Budapest.
-Gays atacados por vecinos y torturados por la policía en Indonesia.
-Lituania: temor por falta de protección y realización de los derechos
de las personas LGBT.
-Malasia: tortura y malos tratos a mujer transexual.
-Temor por la seguridad y amenaza de muerte en Kosovo.


http://www.es.amnesty.org/uploads/tx_useraitypdb/DIVERSIDAD19.pdf


Incluimos también el enlace a la acción de Honduras con el caso de Donny
Reyes, activista que fue detenido arbitrariamente en mayo de este año, y
que puede correr grave peligro.


http://www.es.amnesty.org/uploads/tx_useraitypdb/Donny_Reyes.pdf


Añadimos el enlace a dos acciones que continúan vigentes:
-Irán: un hombre condenado a muerte por un delito cometido cuando era
menor de edad. Ha sido declarado culpable de sexo anal por la presunta
violación de un niño de 13 años.


http://www.es.amnesty.org/uploads/tx_useraitypdb/iran-278-07.pdf


-Arabia Saudí: dos hombres condenados a recibir 7.000 latigazos por
mantener relaciones sexuales.


http://www.es.amnesty.org/uploads/tx_useraitypdb/arabia-273-07.pdf



Amnistía Internacional le da las gracias por su interés y por contribuir a
la difusión de estas importantes noticias.

Un saludo.

Equipo de Minorías Sexuales
Secretariado Estatal AI

Monday, November 19, 2007

Nicaragua estrenará el "más moderno" código penal

Algunos expertos consideraron desproporcionado que el nuevo código castigue el lavado de dinero con fondos públicos con apenas siete años, mientras que las personas que "induzcan o promuevan" el consumo de drogas reciben hasta 10 años
Blanca Morel / AFP


Nicaragua estrenará en 2008 un nuevo Código Penal que ratifica la penalización del aborto terapéutico, despenaliza la sodomía y reduce las condenas por lavado de dinero, abriendo el camino a la eventual conmutación definitiva de la pena al ex presidente Arnoldo Alemán (1997-02).

El Código, que los diputados consideran uno de los más modernos de América Latina, contempla novedades que revolucionan el sistema penal y otras que han provocado polémica al reafirmar, por ejemplo, los diputados el mantenimiento de penas de uno a tres años de prisión a los médicos y mujeres que interrumpan un embarazo por razones médicas.

La disposición, que ha generado protestas de grupos médicos, feministas y derechos humanos, ha cobrado ya la vida de 18 madres y llevado al suicido a 12 adolescentes, según dijo la representante del no gubernamental Centro de Información y Servicios de Asesoría en Salud (CISA), Ana Quirós.

Un retroceso de 120 años

Con la penalización del aborto los derechos de las mujeres han "retrocedido 120 años", reprochó Quirós, quien aseguró que de 64 muertes maternas registradas hasta octubre pasado, 18 fueron mujeres con embarazos de alto riesgo que fallecieron por falta de atención médica.

El aborto terapéutico estaba contemplado por la legislación penal nicaragüense desde 1870 pero fue abolido en 2006 a través de una ley promovida por el entonces gobierno de Enrique Bolaños (2002-07).

Los diputados también castigaron, en el artículo 148, con penas de 2 a 5 años de prisión a los médicos y personas que "por cualquier medio" causaren lesiones, enfermedad o perjudiquen gravemente el desarrollo físico y psíquico del "que está por nacer (feto)".

Antesala de los matrimonios gays

Los legisladores reivindicaron sin embargo a la comunidad homosexual, al derogar el delito de sodomía que regía en Nicaragua desde más de un siglo, lo que fue criticado por el diputado liberal Carlos Gadea, al considerarlo como la antesala de la legalización de los "matrimonios gays".

Otro punto que levantó polémica fue la decisión del Congreso de reformular el delito de lavado de dinero, estableciendo penas de 20 años cuando son personas vinculadas al narcotráfico; y de cinco a siete años cuando sean por actos de corrupción en perjuicio de la administración pública.

Juristas advirtieron que la regulación podría beneficiar al ex presidente Alemán, que descuenta en libertad condicional una condena de 20 años por lavado de dinero que un juez le impuso hace cuatro años. Según este artículo, podría pedir que le conmuten la condena, ya que en Nicaragua la ley es retroactiva en materia penal cuando favorece al reo. Alemán es líder del partido Liberal Constitucionalista (PLC, derecha), segunda fuerza parlamentaria aliada del gobernante Frente Sandinista.

Algunos expertos consideraron desproporcionado que el nuevo código castigue el lavado de dinero con fondos públicos con apenas siete años, mientras que las personas que "induzcan o promuevan" el consumo de drogas reciben hasta 10 años. El Código, con más de 600 artículos y penas no mayores a 30 años, renueva e incorpora nuevos delitos al sistema de justicia como castigar las infracciones informáticas, la paternidad irresponsable, la trata de blancas, el genocidio, la tortura, la conspiración, el apartheid y el uso de armas químicas, entre otros.

Otra novedad que llama la atención es la decisión de castigar a las personas que orinan en la vía pública o ensucian las calles.

Palabras Claves: Código Penal

Monday, November 12, 2007

LGBT, Freedom of Association

AI Index: EUR 53/003/2007
CAP Action Ref: CAPA 42/7

For action to: EU MCAP coordinators, ILGBT Network coordinators
From: Anders Dahlbeck
Date: 07/11/07
AI Members Only
EU MCAP - LITHUANIA
Lithuania LGBT
AI CONCERN: LGBT, Freedom of Association
EVALUATION & FOLLOW-UP:
Please let us know what action you have taken on this MCAP action.


Lithuania must respect, protect and fulfil the human rights of lesbian, gay, bisexual and transgender people

On 21 May 2007, the mayor of the Lithuanian capital Vilnius, Juozas Imbrasas, refused to give permission for a European Union-sponsored anti-discrimination truck tour -- which was visiting 19 member states as part of a 'For Diversity. Against Discrimination' information campaign -- to make its planned stop in Vilnius. The Vilnius City Council also voted unanimously to ban a tolerance campaign rally in support of human rights, including the rights of lesbian, gay,
bisexual and transgender (LGBT) people, due to take place on 25 May, citing "security reasons".

The mayor of Vilnius has also supported the decision by local bus drivers in Vilnius not to drive buses which had advertisements supporting LGBT rights on them. The mayor stated that "with priority for traditional family and seeking to promote the family values, we disapprove the public display of `homosexual ideas' in the city of Vilnius." The advertisement had been paid for by the Lithuanian Gay League with money granted from the EU.

On 24 October, the Vilnius City Council, refused to grant permission for a 30 metre rainbow flag, a symbol of the LGBT rights movement, to be hoisted on the Town Hall Square. The hoisting of the flag was to be witnessed by an assembly of over 200 LGBT rights activists from around
40 different countries who were in Vilnius for a conference on LGBT rights organized by the International Lesbian and Gay Association (ILGA), as well as several local organizations.

The official reason why the event could not go ahead was that construction works carried out on the Town Hall Square could endanger the safety of those participating in the event. The square was however safe enough to be open to the public at all times, and no alternative
venue was offered by the Vilnius City Council.
The Lithuanian parliament is currently considering legislation that would ban the "propagation of homosexuality" to children. The legislative change regards an amendment to the existing Law on the Protection of Minors against Detrimental Effect of Public Information.
The law currently covers issues such as portrayal of physical or psychological violence or vandalism; display of a dead or cruelly mutilated body of a person and information that arouses fear or horror, encourages self-mutilation or suicide. The proposed amendment would put information about homosexuality on par with these issues.
The authors of the proposed amendment have written in an explanatory note that "the propagation of a non-traditional sexual orientation and exposure to information containing positive coverage of homosexual relations may therefore cause negative consequences for the physical, mental and, first and foremost, moral development of minors."

Lithuania has a legal obligation to act "in the best interests of the child" (Convention on the Rights of the Child, Article 3), which includes respecting the child's right to be free from discrimination, including that based on sexual orientation or gender identity.

The rights to freedom of expression, peaceful assembly and association are recognized in numerous human rights treaties including the International Covenant on Civil and Political Rights and the European Convention on Human Rights and Fundamental Freedoms to which Lithuania is a state party. Although the rights to freedom of expression, peaceful assembly and association are not absolute rights, any interference with these rights has to be prescribed by law, and be necessary and proportionate to meet a legitimate aim under international law. Whilst an event may annoy or give offence to persons opposed to the ideas or claims that it is seeking to promote, the participants must be able to hold the event without having to fear
that they will be subjected to physical violence by persons or groups opposed to their ideas.

TAKE ACTION

Write to the Lithuanian authorities:

• Reminding them that the rights to freedom of assembly and association is a human right for all;
• Urging them to respect, protect and promote the right to freedom of assembly and association of lesbian, gay, bisexual and transgender people in Lithuania;
• Calling on them not to make an amendment Law on the Protection of Minors against Detrimental Effect of Public Information which would make it illegal to discuss homosexuality in schools and in public information aimed at children
• Urging them to develop comprehensive sexuality education programmes which include information that is specific to the needs of lesbian, gay, bisexual, and transgender youth and which is not presented with the implicit message that being lesbian, gay, bisexual, or transgender is a problem.

APPEALS TO LITHUANIA:

Regarding freedom of assembly, write to:

Raimondas Šukys (Minister of the Interior)
Šventaragio 2,
LT-01122
Vilnius
Lithuania
Raimondas.Sukys@ lrs.lt

And/Or

Juozas Imbrasas (Mayor of Vilnius)
City Hall,
Konstitucijos ave 3,
LT-09601
Vilnius
Lithuania
juimbr@lrs.lt

Regarding freedom of information and the Law on the Protection of Minors against Detrimental Effect of Public Information, please write to:

Virginijus Domarkas (chairman of the Committee of Education, Science and Culture, responsible for the working group which is proposing the changes in the law)
J. K. Chodkevič iaus g.
10-127,
Kretinga m
[something is missing here: presumably `Vilnius, Lithuania']
virginijus.domarkas @lrs.lt

Roma Žakaitienė (Minister of Education and Science)
A. Volano str. 2/7,
LT-01516,
Vilnius
Lithuania
Roma.Zakaitiene@ lrs.lt

Amnesty International, International Secretariat, Peter Benenson
House, 1 Easton Street, London WC1X 0DW, UK. www.amnesty. org

Monday, November 05, 2007

V CONCASIDA 2007



Amnistía Internacional estará presente en este tan importante evento.

Llegamos al V CONCASIDA 2007

Hace más de 20 años que se viene hablando de VIH (Virus de Inmunodeficiencia Humana) o Sida (Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida) y hasta la fecha la respuesta a esta pandemia la tenemos que seguir buscando.
En Nicaragua por primera vez tendremos el Congreso Centroamericano de VIH y Sida, y el Encuentro de Personas con VIH a realizarse del 4 al 9 de noviembre de 2007. A nuestro país llegarán personas de Honduras, El Salvador, Guatemala, Costa Rica, Panamá y otros países de América Latina quienes intercambiarán sus experiencias acerca del avance y las limitaciones de la pandemia en la región, los compromisos regionales, la información científica y las diferentes estrategias de prevención realizadas en distintos países como respuesta a esta problemática
mundial.
Los principales ejes temáticos del V CONCASIDA son:

* Políticas e Iniciativas Regionales.
* Epidemiología y Prevención.
* Etnia, Multiculturalidad e Interculturalidad.
* Acceso Universal: promoción, prevención y atención.
* Derechos Humanos, Género y Diversidad.
Es importante reconocer el esfuerzo que han realizado desde finales de 2006
hasta la fecha organizaciones de la Sociedad Civil de Nicaragua, la cooperación
internacional y el Estado, quienes han contribuido en el proceso organizativo de
este evento que antecede a la Conferencia Internacional de VIH y Sida a
realizarse en el 2008 en México y que por primera vez se realizará en un país de
América Latina.

A todas las personas nacionales y extranjeras que estarán por nuestro país en este significativo evento, ya sea, durante los primeros dos días del Encuentro de Personas con VIH o posteriormente en los tres días del Congreso desde el colectivo Puntos de Encuentro les damos una cordial bienvenida y esperamos que su estadía en nuestro país sea placentera y de mucho aprendizaje para ustedes y sus organizaciones.
Por la Igualdad, Diversidad y no Discriminación

concasida 2007



entra al sitio web de puntos de encuentro que es www.puntos.org.ni

Friday, October 26, 2007

Actúa Ya!!!!!!!!! - Fear of Flogging/ Prisoners of conscience/ Torture and other ill-treatment

SAUDI ARABIA
Three unnamed men

Amnesty International has received reports that two men have been
sentenced by a court in al-Baha in south-western Saudi Arabia to 7,000
lashes each for sexual intercourse. A third man was said to have been
sentenced to 450 lashes for drug related offences by the same court.

The three men, whose names have not been made public, are reported to
have received part of their sentence and have been subjected to
flogging. The men continue to be at imminent risk of further flogging,
possibly in stages, to complete their sentences.

The punishment of these men constitutes torture. Amnesty International
considers those imprisoned solely for their sexual orientation to be
prisoners of conscience.

BACKGROUND INFORMATION

Flogging is mandatory in Saudi Arabia for a number of offences,
including sexual offences, and can also be used at the discretion of
judges as an alternative or addition to other punishments. Sentences
can range from dozens to thousands of lashes, and are usually carried
out in instalments, at intervals ranging from two weeks to one month.

In commenting on corporal punishments like flogging, the Special
Rapporteur on Torture stated that "corporal punishment is inconsistent
with the prohibition of torture and other cruel, inhuman or degrading
treatment or punishment." The imposition of large numbers of lashes as
in these cases is in particular violation of the prohibition of
torture. The prohibition of torture and cruel, inhuman and degrading
treatment or punishment is absolute under international law is
considered customary international law. Saudi Arabia is a party to the
Convention Against Torture and Other Cruel, Inhuman or Degrading
Treatment or Punishment (CAT), and is therefore in violation of its
treaty obligations when imposing such punishments, in addition to
violating customary law.

RECOMMENDED ACTION: Using your own words, please choose a few of the
suggestions below to create a personal appeal and send it as quickly
as possible:

- expressing grave concern at reports that the men have been flogged
and are at risk of further flogging;

- calling for the sentences to be commuted regardless of the offence
for which they have been handed down;

- expressing concern that two men appear to have been punished solely
for their sexual orientation, which would make them prisoners of
conscience, and calling for their immediate and unconditional release;

- calling on the authorities to halt all floggings immediately, as the
use of corporal punishment constitutes cruel, inhuman and degrading
punishment, in violation of Saudi Arabia's obligations as a state
party to CAT and Article 5 of the Universal Declaration of Human
Rights, which states: ''No one shall be subjected to torture or to
cruel, inhuman or degrading treatment or punishment";

- urging that all three men be given appropriate medical attention

APPEALS TO:

King Abdullah Bin `Abdul `Aziz Al-Saud
The Custodian of the two Holy Mosques
Office of His Majesty The King
Royal Court
Riyadh
Kingdom of Saudi Arabia

Salutation: Your Majesty


His Royal Highness Prince Naif bin `Abdul `Aziz Al-Saud
Minister of the Interior
Ministry of the Interior
P.O. Box 2933
Airport Road
Riyadh 11134
Kingdom of Saudi Arabia

Fax: 011 966 1403 1185 / 3614

Salutation: Your Royal Highness


His Excellency Dr Abdullah bin Muhammad bin Ibrahim Al-Sheikh
Minister of Justice
Ministry of Justice
University Street
Riyadh 11137
Kingdom of Saudi Arabia

Fax: 011 966 1401 1741

Salutation: Your Excellency


His Royal Highness Prince Saud al-Faisal bin `Abdul `Aziz Al-Saud
Minister of Foreign Affairs
Ministry of Foreign Affairs
Nasseriya Street
Riyadh 11124
Kingdom of Saudi Arabia

Fax: 011 966 1403 0645

Salutation: Your Royal Highness


COPIES TO:

Mr Turki bin Khaled Al-Sudairy
The President
The Human Rights Commission
PO Box 58889, Riyadh 11515
King Fahad Road
Building No.373
Riyadh
Kingdom of Saudi Arabia

Fax: 011 966 14612061


His Excellency Abdulaziz H.I. ALSOWAYEGH
Ambassador for Saudi Arabia
201 Sussex Drive
Ottawa, Ontario K1N 1K6

Fax: (613) 237-0567


THANK YOU FOR RESPONDING TO THIS REQUEST FOR APPEALS WITHOUT DELAY.

Saturday, September 15, 2007

SEGUNDA PROTESTA POR LA SITUACION EN NICARAGUA: ACCIÓN INTERNACIONAL

La Red Internacional LGBT (Lésbica, Gay, Bisexual, Transgénero y Transexual) de Amnistía Internacional continuamos exigiendo la derogación del Artículo 204 del Código Penal de Nicaragua. Trabajamos por el respeto, la seguridad y los derechos humanos de las personas discriminadas por motivos de orientación sexual e identidad de género; y este reclamo por la situacion que viven nuestrxs compañerxs en Nicaragua se realizo durante la mañana del jueves 13 de septiembre,

Lxs activistas y grupos, de diversas secciones de Amnistía Internacional en Alemania, Canadá, Chile, Islandia, Paraguay, Reino Unido, Suecia, Taiwán y México realizamos similares actos de protesta frente a las embajadas y consulados de Nicaragua en nuestros países. Expresamos nuestra honda preocupación por la vigencia del Artículo 204 de la Ley del Código Penal de Nicaragua, e instamos al gobierno de este país a derogar dicho artículo y a despenalizar la homosexualidad en conformidad con las normas internacionales en materia de derechos humanos.

(arriba) Imagen de la protesta en Taiwan

(arriba) Imagen de la protesta en Mexico.

(arriba) Imagen de la protesta en Paraguay

Activistas del Área GLTB de AI Paraguay, de la ONG ParaGay, y del Partido Movimiento al Socialismo (P-Mas), se manifestaron frente al Consulado de Nicaragua en el Paraguay, para expresar su preocupación e indignación por la vigencia del artículo 204 del Código Penal de Nicaragua.

En simultáneo, representantes de las organizaciones citadas más arriba, se reunieron con la Consulesa Honoraria de Nicaragua en el Paraguay Tina María Acosta Aguirre, quien expresó que comparte esta preocupación y se comprometió a dar el seguimiento correspondiente ante las autoridades del Gobierno que representa.

Asimismo, el coordinador del Área GLTB de AI Paraguay, Fabián Gamarra, fue entrevistado por varios medios de comunicación del alcance nacional y regional. (informe de
Julio Torales, AI Paraguay - CFSC - CT LGBT).

Podes ver videos e imagenes de la actividad desarrollada en este enlace Grupo 44 LGBT

Un artículo en el “Taipei Times” del viernes:

taipeitimes.com

Para ver la colección de fotos de las protestas que he recibido hasta ahora visiten:

imagenes protesta

En Taipei organizaron una protesta enorme y muy colorida. ¡Fue muy impresionante! Vean las fotos aquí:

protesta tapei

protesta tapei 2


En el Blogs del Grupo 44 LGBT de Amnistia Internacional Mexico, hay mas informacion de lo acontecido en otras secciones y estructuras.




Caso: Frederick Mason afirma que lo llevaron a la comisaría de policía, donde dos agentes que no se identificaron lo condujeron a una sala de interrogatorios, lo esposaron por los codos y lo inmovilizaron contra la pared. Según los informes , el agente que lo detuvo le bajó los pantalones, roció una cachiporra con un líquido azul de limpieza y la utilizó para violarlo (AI, 2006).

Monday, September 10, 2007

¡ACTÚA! 8 de septiembre de 2007

Lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero (LGBT) en peligro en Nicaragua

A pesar de las positivas iniciativas emprendidas en todo el continente americano, Nicaragua sigue criminalizando las relaciones sexuales mantenidas de común acuerdo entre personas del mismo sexo.

Aunque, hasta donde ha podido saber Amnistía Internacional, nadie ha sido aún procesado en aplicación del artículo 204 de la Ley de Código Penal de Nicaragua, existe en él la posibilidad de criminalizar no sólo a gays, lesbianas y bisexuales que mantienen relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, sino que su ambigua redacción podría permitir el procesamiento de personas por actividades como el activismo en favor de los derechos del colectivo LGBT o de cualquier otra persona que le proporcione información o servicios sobre salud sexual. Amnistía Internacional consideraría presas de conciencia a las personas encarceladas en aplicación de este artículo:

Comete delito de sodomía el que induzca, promueva, propagandice o practique en forma escandalosa el concúbito entre personas del mismo sexo. Sufrirá la pena de uno a tres años de prisión. [...].
Artículo 204

Amnistía Internacional considera una violación grave de los derechos humanos la aplicación de leyes de “sodomía” para encarcelar a personas del mismo sexo que, en privado y de común acuerdo, mantienen relaciones sexuales. El actual artículo 204 conculca numerosas disposiciones del derecho internacional en materia de derechos humanos. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), al que Nicaragua se adhirió sin reservas en 1980, protege los derechos a la libertad de expresión (artículo 19), a la libertad de no ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada (artículo 17) y a la libertad de conciencia (artículo 18). Asimismo, el Pacto afirma la igualdad de todas las personas ante la ley y el derecho a no ser objeto de discriminación (artículos 2 y 26). En el histórico caso Toonen v. Australia, de 1994, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, encargado de vigilar el cumplimiento del PIDCP por parte de los Estados, concluyó que, en aplicación de esos artículos, la orientación sexual debe entenderse como una condición que ha de estar protegida contra la discriminación. Los Estados no pueden limitar el disfrute de los derechos humanos en función de la orientación sexual de las personas. Desde entonces, el Comité de Derechos Humanos de la ONU ha instado a los Estados no sólo a abrogar las leyes que criminalizan la homosexualidad, sino también a consagrar la prohibición de discriminación basada en la orientación sexual en sus constituciones u otras leyes fundamentales. La discriminación en función de la orientación sexual también está prohibida por otros tratados internacionales de derechos humanos en los que Nicaragua es Estado parte.


Información complementaria

El 11 de junio de 1992, la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua aprobó diversas reformas al Código Penal en relación con delitos de carácter sexual. En el artículo 204, en su versión enmendada, se estableció entonces el delito de “sodomía”. La nueva ley entró en vigor en septiembre de 1992.

En noviembre de 1992, la coalición Campaña por una sexualidad libre de prejuicios, compuesta, entre otros, por abogados y activistas lesbianas y gays, interpuso ante la Corte Suprema de Justicia un recurso de inconstitucionalidad contra el referido artículo de la Ley de Código Penal de Nicaragua. El recurso presentaba argumentos pormenorizados en los que se establecía que el artículo 204 de la revisada Ley de Código Penal conculcaba 12 artículos de la Constitución nicaragüense, entre ellos los referidos al derecho a la privacidad, a la libertad de expresión y a no ser discriminado ante la ley. El recurso aducía además que, al conculcar esos artículos, el artículo 204 violaba también normas internacionales de derechos humanos. En marzo de 1994, la Corte Suprema desestimó el recurso concluyendo que el artículo 204 no violaba ninguno de los derechos garantizados en la Constitución.

QUÉ PUEDES HACER

Envía cartas:
• Manifestando que la mayoría de países del continente americano han despenalizado la homosexualidad;
• Recordando a las autoridades que todas las personas son iguales ante la ley, y que tienen la obligación de garantizar el pleno respeto de los derechos humanos de todas las personas en Nicaragua, independientemente de su orientación sexual o identidad de género;
• Instando al gobierno de Nicaragua a derogar el artículo 204 de la Ley de Código Penal, y a despenalizar la homosexualidad, de conformidad con las normas internacionales en materia de derechos humanos;
• Afirmando que nadie puede ser detenido ni encarcelado únicamente en función de su orientación sexual o identidad de género, real o percibida, incluido el hecho de mantener en privado y de común acuerdo relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, defender los derechos del colectivo LGBT, o por causa de convicciones o actividades políticas, so pretexto de aplicación de cargos por delitos de homosexualidad.
Al concluir la carta, pide respuesta a las cuestiones planteadas.

Envía las cartas a las siguientes direcciones:
Comandante Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República
Casa Presidencial
Managua, Nicaragua
Correo-e: daniel@presidencia.gob.ni
Tratamiento: Estimado Sr. Presidente

Lic. Samuel Santos López
Ministro de Relaciones Exteriores
Ministerio de Relaciones Exteriores
Del Cine González 1 cuadra al Sur, sobre Avenida Bolívar
Managua, Nicaragua
Fax: (505) 228-5102, 228-5103, 222-4025
Tratamiento: Estimado Sr. Ministro

Ingeniero René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Avenida Bolívar, Apto. Postal 4659
Managua, Nicaragua
Correo-e: presiden@asamblea.gob.ni
Tratamiento: Estimado Sr. Presidente

Envía copia de tu carta a la representación diplomática de Nicaragua acreditada en tu país y al embajador de tu país en Nicaragua.

Friday, September 07, 2007

Actividad en Mexico

Por la despenalización de la homosexualidad en Nicaragua:
¡Derogar el Artículo 204!
Únete a la protesta pacífica de Amnistía Internacional

¡Tu solidaridad es vital para cambiar el mundo!
Jueves 13 de septiembre de 2007, de 9:00 AM a 11:00 AM.
Frente a la embajada de Nicaragua en el Distrito Federal.
Calle Prado Norte No. 470, Lomas de Chapultepec.

Una acción de la Red Internacional LGBT de AI en la que participan países de América, Asia y Europa


Si tú vivieras en Nicaragua como persona lesbiana, gay, bisexual, transexual o transgénero (LGBT), podrían encarcelarte hasta por tres años. En este país, continúan estando penalizadas las relaciones homosexuales entre hombres y mujeres.
El Art. 204 de su Código Penal señala que “comete un delito de sodomía el que induzca, promueva, propagandice o practique en forma escandalosa el concúbito entre personas del mismo sexo. Sufrirá la pena de uno a tres años de prisión”.
Esta ley implica la posibilidad de criminalizar no sólo a gays, lesbianas y bisexuales que mantienen relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, sino que su ambigua redacción podría permitir el procesamiento de personas por actividades como el activismo en favor de los derechos del colectivo LGBT o de cualquier otra persona que le proporcione información o servicios sobre salud sexual. De hecho, la aplicación de una ley de este tipo incurre en una grave violación de los derechos humanos.
Desde 1994, a raíz del histórico caso Toonen v. Australia, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, ha instado a los Estados a abrogar las leyes que criminalizan la homosexualidad, y a consagrar la prohibición de discriminación basada en la orientación sexual en sus constituciones u otras leyes fundamentales.
Nadie puede ser detenido ni encarcelado únicamente en función de su orientación sexual o identidad de género, real o percibida, incluido el hecho de mantener en privado y de común acuerdo relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, defender los derechos del colectivo LGBT, o por causa de convicciones o actividades políticas, so pretexto de aplicación de cargos por delitos de homosexualidad.

Amnistía Internacional-Sección Mexicana
Coordinación del Grupo 44 LGBT
g44amnistialgbt@yahoo.com.mx
http://www.amnistia.org.mx
http://g44lgbtamnistia1.blogspot.com/

Wednesday, September 05, 2007

LGBT en peligro en Nicaragua

y personas transgénero (LGBT)
en peligro en Nicaragua


Actualizado el 28 de agosto de 2007


A pesar de las positivas iniciativas emprendidas en todo el continente americano, Nicaragua sigue criminalizando las relaciones sexuales mantenidas de común acuerdo entre personas del mismo sexo.

Aunque, hasta donde ha podido saber Amnistía Internacional, nadie ha sido aún procesado en aplicación del artículo 204 de la Ley de Código Penal de Nicaragua, existe en él la posibilidad de criminalizar no sólo a gays, lesbianas y bisexuales que mantienen relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, sino que su ambigua redacción podría permitir el procesamiento de personas por actividades como el activismo en favor de los derechos del colectivo LGBT o de cualquier otra persona que le proporcione información o servicios sobre salud sexual. Amnistía Internacional consideraría presas de conciencia a las personas encarceladas en aplicación de este artículo:

Comete delito de sodomía el que induzca, promueva, propagandice o practique en forma escandalosa el concúbito entre personas del mismo sexo. Sufrirá la pena de uno a tres años de prisión. [...].
Artículo 204

Amnistía Internacional considera una violación grave de los derechos humanos la aplicación de leyes de “sodomía” para encarcelar a personas del mismo sexo que, en privado y de común acuerdo, mantienen relaciones sexuales. El actual artículo 204 conculca numerosas disposiciones del derecho internacional en materia de derechos humanos. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), al que Nicaragua se adhirió sin reservas en 1980, protege los derechos a la libertad de expresión (artículo 19), a la libertad de no ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada (artículo 17) y a la libertad de conciencia (artículo 18). Asimismo, el Pacto afirma la igualdad de todas las personas ante la ley y el derecho a no ser objeto de discriminación (artículos 2 y 26). En el histórico caso Toonen v. Australia, de 1994, el Comité de Derechos Humanos de la ONU, encargado de vigilar el cumplimiento del PIDCP por parte de los Estados, concluyó que, en aplicación de esos artículos, la orientación sexual debe entenderse como una condición que ha de estar protegida contra la discriminación. Los Estados no pueden limitar el disfrute de los derechos humanos en función de la orientación sexual de las personas. Desde entonces, el Comité de Derechos Humanos de la ONU ha instado a los Estados no sólo a abrogar las leyes que criminalizan la homosexualidad, sino también a consagrar la prohibición de discriminación basada en la orientación sexual en sus constituciones u otras leyes fundamentales. La discriminación en función de la orientación sexual también está prohibida por otros tratados internacionales de derechos humanos en los que Nicaragua es Estado parte.

Información complementaria

El 11 de junio de 1992, la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua aprobó diversas reformas al Código Penal en relación con delitos de carácter sexual. En el artículo 204, en su versión enmendada, se estableció entonces el delito de “sodomía”. La nueva ley entró en vigor en septiembre de 1992.

En noviembre de 1992, la coalición Campaña por una sexualidad libre de prejuicios, compuesta, entre otros, por abogados y activistas lesbianas y gays, interpuso ante la Corte Suprema de Justicia un recurso de inconstitucionalidad contra el referido artículo de la Ley de Código Penal de Nicaragua. El recurso presentaba argumentos pormenorizados en los que se establecía que el artículo 204 de la revisada Ley de Código Penal conculcaba 12 artículos de la Constitución nicaragüense, entre ellos los referidos al derecho a la privacidad, a la libertad de expresión y a no ser discriminado ante la ley. El recurso aducía además que, al conculcar esos artículos, el artículo 204 violaba también normas internacionales de derechos humanos. En marzo de 1994, la Corte Suprema desestimó el recurso concluyendo que el artículo 204 no violaba ninguno de los derechos garantizados en la Constitución.



Para más información visita: Amnistía Internacional (haz click en este enlace)

Monday, September 03, 2007

DÍA DE ACCIÓN MUNDIAL PARA LA DESPENALIZACIÓN DE LA SODOMÍA EN NICARAGUA

JUEVES 13 DE SEPTIEMBRE
DÍA DE ACCIÓN MUNDIAL PARA LA DESPENALIZACIÓN DE LA SODOMÍA EN NICARAGUA

¡Hola a todos!

Este es un mensaje sólo para recordarles del día de acción mundial para la
despenalización de la sodomía en Nicaragua que la red LGBT de Amnistía está organizando para el 13 de septiembre. Si todavía no han organizado algo y quieren hacer un evento, ¡¡no es demasiado tarde!! Por favor, háganmelo saber y les mandaré un poco de material para leer para que se preparen para el evento y para la reunión con el embajador o cónsul.

Pues es todo por el momento, chicos. Espero que estén bien. ¡Ojalá todos podamos
participar en esta acción!

Tony Pitman
AI México

Tuesday, August 21, 2007

"The most Fabulous Float" del Pride Parade 2007

Aqui tienen el video de "The most Fabulous Float" del Pride Parade 2007,
el desfile del domingo; alguno de uds estan en el. Fue una experiencia
buenisima filmarlo y tenerlos de estrellas fue mejor.

Esta dividido en tres partes, solo denle click a la direccion de abajo.

primera parte:
http://www.youtube.com/watch?v=GkwWV1v_Ato

segunda parte:
http://www.youtube.com/watch?v=-38mo4RgWEI

Tercera parte:
http://www.youtube.com/watch?v=rhMPa-h2l0c

Animense a desfilar con HOLA el anio que viene es tambien muy divertido...

Besos

Paco
Amnesty International LGBT (Toronto)

Monday, August 06, 2007

INDONESIA: Gays torturados por la policía

El pasado 22 de enero de 2007, dos gays fueron supuestamente golpeados e insultados por unos vecinos y posteriormente detenidos arbitrariamente por agentes de policía de la comisaría
de Banda Raya, donde fueron maltratados y torturados debido a su orientación sexual.
Según el testimonio de Tomy (nombre ficticio), de 32 años, varios vecinos entraron por la fuerza en su habitación cuando se encontraba en la cama con su pareja. Primero en la casa y luego
en la calle, fueron reiteradamente golpeados por un grupo de vecinos que proferían insultos homófobicos contra ellos. Posteriormente, fueron atados por los asaltantes, quienes avisaron a la policía para que interviniera. Cuando se personaron los agentes del orden sobre la una y
media de la madrugada del 23 de enero, detuvieron a los dos hombres y se los llevaron a la comisaría de Banda Raya. En las dependencias policiales, Tomy y su pareja fueron de nuevo
vejados, maltratados y torturados. Los agentes policiales les golpearon reiteradamente, les obligaron a desnudarse y a realizar delante de ellos actos sexuales obscenos y denigrantes.
Después, Tomy fue recluido en una celda con otro detenido y allí fue de nuevo golpeado por su compañero de celda y varios agentes de la policía. Durante todo este tiempo, se le negó la
posibilidad de contactar con su familia para informarles de lo sucedido.
Sobre las nueve de la mañana del día 23, Tomy fue interrogado por la policía y obligado a firmar una declaración donde se comprometía a no volver a realizar “actos homosexuales”. Finalmente, Tomy y su pareja fueron puestos en libertad horas más tarde. Aunque, según fuentes no oficiales, cuatro agentes de la policía fueron detenidos a principios de abril en relación con estos
incidentes, la investigación parece estar estancada por falta de testigos y no se sabe a ciencia cierta si se han presentado cargos contra estos agentes. Acciones recomendadas
Envía cartas o mensajes electronicos1, en los que se mencionen los siguientes puntos. También puedes hacer uso del servicio de correo digital desde www.correos.es. Dirígete a:
1 Ten en cuenta que los mensajes electrónicos pueden ser devueltos, bien porque el buzón esté lleno, bien porque la autoridad receptora decida filtrar los mensajes de una campaña tras unos días de envíos masivos. Insiste, por favor.
1
9 de jul de 2007
Comenzar indicando “he tenido conocimiento por medio de
Amnistía Internacional de los abusos sufridos por dos hombres
gays detenidos los días 22 y 23 de enero en la comisaría de
Banda Raya, después de ser golpeados e insultados por unos
vecinos”.
Expresando tu preocupación por el hecho de que los dos
hombres fueran detenidos por la policía de Banda Raya
únicamente en base a su orientación sexual y que una vez en las
dependencias policiales los detenidos fueran víctimas de abusos
sexuales, malos tratos o torturas por parte de los agentes.
Reconociendo que la detención de cuatro agentes de la policía
es un paso positivo, pero pidiendo a las autoridades que no dejen
de realizar una investigación exhaustiva, independiente y sin
dilaciones de los incidentes que se produjeron en enero.
Apremiando a las autoridades a que garanticen, de confirmarse
las acusaciones, que todos los acusados, incluyendo los altos
cargos y ciudadanos implicados, sean encausados judicialmente;
los miembros de la policía deberían ser juzgados por tribunales
civiles y acusados de torturas.
Exhortando a las autoridades para que Tomy (nombre ficticio) y
su pareja sean indemnizados por los abusos físicos y
psicológicos a los que fueron sometidos por la policía.
Pidiendo que la policía garantice la seguridad de los dos
hombres durante las investigaciones y el proceso judicial.
Pidiendo a las autoridades que lleven a cabo cursos de
formación basados en los derechos humanos y que incluyan
programas de sensibilización hacia las personas lesbianas, gays,
bisexuales y transgénero; los cuales se deberían incidir en que
no se tolerarán abusos contra la población LGBT.
Recordando a las autoridades que la tortura y los malos tratos
son ilegales conforme a las leyes indonesias, y que contravienen
las obligaciones de Indonesia según la Convención contra la
Tortura y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Chief of Police – Nanggroe Aceh Darussalam
(Jefe de Policía)
Inspector General Bahrumsyah Kasman
Jalan Cut Meutia No.25
Banda Aceh - Nanggroe Aceh Darussalam - Indonesia
Tel: +62 651 21651/ + 62 651 23466 / + 62 651 26689 /
+ 62 651 23670 -- Fax: +62 651-22488

Chief of Police - Banda Aceh (Jefe de Policía)
Zulkarnain
Jalan Tengku Nyak Arif
Banda Aceh
Nanggroe Aceh Darussalam
Indonesia
Tel: +62 651 21636/ +62 651 635562/ +62 651 635538/
+62 651 638433 -- Fax: +62 651 635374

National Chief of Police (Jefe Nacional de Policía)
General Sutanto
Jl. Trunojoyo No. 3
Jakarta Selatan
Indonesia
Tel: +62 21 721 8012
Fax: +62 21 720 7277

Minister of Justice and Human Rights
(Ministro de Justicia y de Derechos Humanos)
Mr Andi Mattalata
JI. H.R. Rasuna Said
Kav. 6-7,
Kuningan,
Jakarta Selatan 12940
Indonesia
Tel: +62 21 525 3004
Fax: +62 21 526 3082 / +62 21 525 3095

La misión de la Red de Acciones Urgentes de Minorías Sexuales es intervenir en casos individuales o colectivos en los que no se respetan los derechos humanos básicos de las personas por motivos de identidad sexual. La red está integrada por personas y organizaciones de toda índole dispuestas a enviar mensajes de protesta como forma de presión pacífica para prevenir o evitar violaciones de derechos humanos o para pedir responsabilidades en caso de que se hayan cometido.
Para unirse a esta red y recibir casos para la acción periódicamente contáctanos por alguno de los siguientes medios:
@ aauu@es.amnesty.org % 902 119 133 ó 913 195 334 (fax) ) c/ Fernando VI, 8 - 28004 Madrid
Además de participar activamente en esta red, puedes contribuir a sostener económicamente la labor de investigación, denuncia y movilización de Amnistía Internacional asociándote a ella o ingresando tu donativo en la cta. nº 2077/0124/47/3100574661 (Bancaja). Recuerda que, para mantener su independencia, AI no acepta fondos gubernamentales y se financia exclusivamente con las aportaciones del público.

Información de fondo
La tortura y los malos tratos siguen siendo prácticas comunes en las comisarías de policía, prisiones y otros centros de detención de Indonesia. Son frecuentes las denuncias de torturas
durante los interrogatorios a presuntos delin-cuentes. Estos abusos afectan especialmente a todas aquellas personas que son susceptibles de pertenecer a colectivos tachados de
“indeseables” como es el caso de gays y lesbianas. Los casos de tortura no suelen ser investigados y es aún menos frecuente que se emprendan procedimientos judiciales contra los
sospechosos de tales abusos. En los pocos casos en los que las violaciones de los derechos humanos por parte de miembros de la policía han sido objeto de un procedimiento disciplinario
interno, las sanciones no han ido más allá de cartas de amonestación, retrasos en los ascensos o la imposición de pequeñas sanciones que no se correspondían con la gravedad de los delitos
cometidos.

Irán: Violaciones de derechos humanos que no cesan

DOCUMENTACIÓN ORIENTE MEDIO Y NORTE DE ÁFRICA ORIENTE MEDIO IRAN
Índice AI: MDE 13/085/2007 13 de julio de 2007


Amnistía Internacional
Información para los medios de comunicación

Índice AI: MDE 13/085/2007 (Público)
Servicio de Noticias: 133/07
13 de julio de 2007
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLMDE130852007


Irán: Violaciones de derechos humanos que no cesan


Amnistía Internacional considera motivo de gran preocupación las continuas violaciones de derechos humanos que se cometen en Irán, en especial las detenciones de defensores y defensoras de los derechos humanos y el alto índice de ejecuciones, incluida la primera lapidación confirmada por las autoridades desde que se anunció la suspensión de esta forma de ejecución en 2002.

La organización hace de nuevo un llamamiento a las autoridades iraníes para que cumplan las obligaciones que han contraído en virtud del derecho internacional y garanticen que no se detiene a nadie por el ejercicio pacífico del derecho a la libertad de expresión y asociación y que se declara la suspensión inmediata de todas las ejecuciones como primera medida para eliminar la pena de muerte de la legislación iraní.

Detención de defensores de los derechos humanos

Este mes han sido detenidos dos periodistas y defensores kurdos iraníes de los derechos humanos. Mohammad Sadiq Kabudvand, presidente de la Organización de Derechos Humanos de Kurdistán (RMMK), fue detenido el 1 de julio en su trabajo, en Teherán, por agentes de seguridad vestidos de civil. Se enfrentaba a un año de prisión por unos artículos que publicó en el ahora prohibido Payam-e Mardom-e Kurdestan (Mensaje del Pueblo de Kurdistán), pero no se sabe bien si es esta la razón de su actual detención.

Ajlal Qavami, miembro de la junta directiva de la RMMK, ex periodista de Payam-e Mardom-e Kurdestan y miembro del consejo editorial del semanario bilingüe Didgah (Punto de vista), fue detenido hacia el 9 de julio tras haber sido citado por el Tribunal Revolucionario de Sanandaj. Anteriormente había sido condenado a tres años de prisión por la Sección 1 de dicho tribunal por haber organizado una manifestación en julio de julio de 2005 en protesta por el homicidio de Showan Qaderi, miembro de la minoría kurda, a manos de las fuerzas de seguridad. Había presentado un recurso de apelación contra la condena, pero, según informes, sin éxito, si bien no se le comunicó este resultado, ni a él ni a su abogado, antes de su detención.

Sa'id Sa'edi, otro periodista kurdo condenado a dos años y medio de prisión en la misma causa, podría ser detenido también.

Detención de estudiantes y otras personas en el aniversario de las manifestaciones estudiantiles del '18 de tir'

El 9 de julio (18 de tir en el calendario iraní), octavo aniversario de unas manifestaciones estudiantiles de 1999 que las fuerzas de seguida reprimieron con violencia, fueron detenidas 15 personas.

Behareh Hedayat, presidenta la Comisión de Mujeres del órgano estudiantil Oficina por la Consolidación de la Unidad (Daftar-e Tahkim-e Vahdat), y cinco miembros más del Consejo Central de la Oficina –Mohammad Hashemi, Ali Nikou Nesbati, Mehdi Arabshahi, Hanif Yazdani y Ali Vafaqi– fueron detenidos frente a la Universidad de Tecnología Amir Kabir, cuando participaban en una manifestación de protesta contra la prolongada reclusión de otros ocho estudiantes detenidos en mayo y junio de 2007 en relación con la publicación de artículos considerados ofensivos para el Islam. Los ocho negaron tener algo que ver con los artículos.

Diez personas más fueron detenidas el 9 de julio en las oficinas de la Asociación de Antiguos Alumnos de Irán (Sazman-e Danesh Amukhtegan-e Iran-e Eslami [Advar-e Tahkim-e Vahdat]). Según informes, entre ellas se encontraban miembros de la Asociación y la madre de Mohammad Hashemi, que había ido a preguntar por éste. La información disponible indica que los agentes que efectuaron las detenciones hicieron disparos al aire y confiscaron ordenadores y documentos antes de precintar las oficinas.

Alireza Jamshidi, portavoz de la Magistratura iraní, confirmó las 16 detenciones. Dijo: "[Los detenidos] están en prisión y se ha iniciado una investigación sobre su participación en reuniones ilegales y en actos contra la seguridad".

Ataques contra sindicalistas

Se está atacando también a sindicalistas. Según informes, el 10 de julio, hacia las siete de la tarde, unos hombres vestidos de civil introdujeron a empujones en un automóvil a Mansour Ossanlu, jefe de la organización no reconocida Sindicato de los Trabajadores de la Empresa de Autobuses de Teherán y los Suburbios (Sherkat-e Vahed), y lo golpearon. Los informes indican que el 12 de julio se encontraba recluido en la Sección 209 de la prisión de Evín de Teherán. Mansour Ossanlu pasó ocho meses recluido entre diciembre de 2005 y agosto de 2006, y posteriormente un mes más, entre noviembre y diciembre de 2006, en relación con sus actividades sindicales. Recientemente viajó a Europa con objeto de conseguir apoyo internacional para la creación de un movimiento sindical independiente en Irán.

Defensoras de los derechos humanos

Las activistas de los derechos de las mujeres continúan expuestas a sufrir represalias por sus actividades contra las leyes que discriminan a las mujeres. Al menos tres mujeres han sido condenadas judicialmente hace poco por participar en una manifestación convocada en junio de 2006 para pedir la reforma de la legislación discriminatoria de Irán.

Delaram Ali ha sido condenada a 34 meses de prisión y a recibir 10 latigazos tras haber sido declarada culpable de delitos como "participación en una reunión ilegal", "propaganda contra el sistema" y "alteración del orden y la paz públicos". Según los informes, Aliyeh Aghdam Doust ha sido condenada a tres años y cuatro meses de cárcel y a recibir 20 latigazos. Se cree que ambas se encuentran actualmente en libertad en espera del resultado de sus apelaciones.

Una tercera activista, Nasim Soltan Beigi, fue condenada el 7 de julio a cinco años de prisión condicional por "participación en una manifestación ilegal".

Si estas mujeres son encarceladas, Amnistía Internacional las considerará presas de conciencia y pedirá que sean puestas en libertad de inmediato y sin condiciones. La organización pide también que se les conmuten sin demora las condenas de flagelación, pues considera que el uso de penas corporales, como la flagelación, constituye trato cruel, inhumano y degradante, equivalente a tortura.

Ejecuciones

El índice de ejecuciones de Irán sigue siendo uno de los más altos del mundo. Amnistía Internacional ha tenido constancia de al menos 120 desde comienzos de 2007, lo que indica que cuando acabe el año el número total de ejecuciones podría haber superado las 177 que la organización registró en 2006.

Dos víctimas recientes del uso de la pena de muerte por las autoridades iraníes han sido personas que fueron condenadas por presuntos delitos cometidos cuando eran menores de 18 años, y otra ha sido un hombre ejecutado por lapidación. Los dos condenados que eran menores en el momento del delito –Mohammad Mousavi y Sa'id Qanbar Zahi– fueron ejecutados en abril y mayo respectivamente, contraviniendo el derecho internacional, según el cual no debe ejecutar a ninguna persona por delitos cometidos con menos de 18 años de edad.

La lapidación de Ja'far Kiani se llevó a cabo el 5 de julio en la localidad de Aghche-Kand, cerca de Takestán, provincial de Qazvin, a pesar de que el presidente de la Magistratura declaró en 2002 la suspensión de las ejecuciones por lapidación y de que se había ordenado un aplazamiento de la ejecución en este caso. La lapidación fue confirmada el 10 de julio por el portavoz de la Magistratura, Alireza Jamshidi, quien dijo que se había llevado a cabo porque era una sentencia definitiva y en Irán los jueces son independientes. Ha sido la primera lapidación confirmada desde que se declaró la suspensión, aunque, según informes, en mayo de 2006 fueron lapidados también un hombre y una mujer en Mashhad. Se teme que Mokarrameh Ebrahimi, mujer condenada en la misma causa, corra la misma suerte si el presidente de la Magistratura no intercede en seguida por ella. El 11 de julio, la Agencia de Noticias de los Estudiantes Iraníes informó de que un funcionario de la Magistratura había dicho que el Tribunal Disciplinario de los Jueces iba a abrir una investigación sobre la actuación del juez encargado de la causa.

El portavoz de la Magistratura dijo que en los próximos días iban a llevarse a cabo 20 ejecuciones más de personas declaradas culpables de delitos como "violación reiterada, 'sodomía' y amenazas y agresión".

Aunque Amnistía Internacional reconoce el derecho de los gobiernos de llevar ante la justicia a los presuntos autores de delitos graves, se opone a la pena de muerte en todos los casos por considerarla una violación del derecho a la vida y la forma más extrema de pena cruel, inhumana y degradante.

La organización no tiene información sobre las personas cuya ejecución es inminente, según ha afirmado el portavoz de la Magistratura, pero pide a las autoridades iraníes que suspendan las ejecuciones y conmuten las condenas de muerte a todas ellas.

Amnistía Internacional se opone a la penalización de las relaciones sexuales entre adultos mantenidas de mutuo acuerdo y en privado e insta a las autoridades iraníes a que revisen la legislación con miras despenalizar tal conducta, si bien la organización no tiene datos que indiquen que alguna de estas 20 personas va a ser ejecutada únicamente por mantener tales relaciones. ********




Índice AI: MDE 13/085/2007 13 de julio de 2007

Sunday, August 05, 2007

ACTUA YA!

PUBLIC
03 August 2007

AI Index: ASA 28/002/2007
UA 200/07

Fear for safety/ torture or ill-treatment

MALAYSIA

Ayu (f), aged 44
Other transsexual individuals in Malaysia

Ayu, a male-to-female transsexual, was seriously beaten by state
religious officials who detained her while she was talking to friends
at the Old Melaka bus station in Kota Melaka, Melaka (Malacca) state,
southwest Malaysia at around 11.30pm on 30 July. Ayu may be at risk of
further abuse, and other transsexual people may also be in danger.

Ayu was reportedly approached by three enforcement officers from the
Melaka Islamic Religious Affairs Department (Jabatan Agama Islam
Melaka, JAIM), a local government body tasked with enforcing social
norms based on Sharia law. The officials, all dressed in civilian
clothes, reportedly punched and kicked Ayu when they detained her. One
of them reportedly kicked her hard in the genital area. They only
identified themselves as JAIM officials when bystanders intervened to
try to prevent the assault. When she said she was in serious pain,
they took her briefly to the local JAIM office, before transferring
her to Melaka General Hospital. She had to undergo surgery on 31 July
for a pre-existing abdominal hernia condition, which had been
aggravated by the assault.

JAIM ordered the hospital authorities to report the names of other
transsexuals who came to visit Ayu in hospital. It is unclear whether
any were reported, but Amnesty International fears that other
transsexual people in Melaka, and in Malaysia generally, may face
similar abuses.

According to media reports, a JAIM official later clarified the
reasons for Ayu's detention, namely that she had committed the
`offence' of `men dressing up as women in a public space' which is
punishable with a fine of RM1,000 (approx. US$288), a six-month prison
sentence or both under Section 72 of the Melaka Sharia Offences
Enactment. However, a social worker with the Malaysian
non-governmental organization, Pink Triangle, claimed that the
officials had contravened procedures by failing to take Ayu to a
police station after they detained her.

Ayu was discharged from hospital on 2 August. It appears that JAIM
officials have not yet pressed charges against her, agreeing to
release her on `compassionate' grounds under a guarantee from a
friend. However, the officials reportedly warned Ayu that if she
failed to appear in court when charged, her friend would be fined
RM1,000 (approx US$288). In response to media questions, a JAIM
official reportedly denied the assault allegations claiming that Ayu
was sent to hospital because `she was sick'.

BACKGROUND INFORMATION
Abuses against transsexual people appear to be rising in Malaysia at
the hands of both the ordinary police and so-called `religious police'
like JAIM. There are fears that such actions may be creating a climate
of viligantism among community groups and society at large against
those whose sexuality or gender identity is perceived to deviate from
the `norm'.

In April 2007, it was reported that the authorities in Terengganu
state were planning to set up a `rehabilitation centre' for
transsexual people due to fears that men were becoming more
`effeminate' and that many transsexual people were `back to their old
habit' even after serving time in prison.

While the scope and target of their operations may differ in different
parts of the country, `religious police' may impose sanctions on
anyone deemed to be engaged in `indecent behaviour', such as
transsexual people, couples kissing in public (both mixed and
same-sex), Muslim women deemed to be dressed inappropriately, or even
young people wearing punk-style clothing.

RECOMMENDED ACTION: Please send appeals to arrive as quickly as
possible, in English, Malay or your own language:
- urging the authorities to conduct a full, immediate and independent
investigation into allegations that Ayu was assaulted by JAIM
religious affairs officers and to ensure that those found responsible
for the violence against Ayu are brought to justice;
- calling for immediate guarantees that Ayu and other transsexuals in
Melaka, will not be subjected to further abuse from JAIM officers;
- calling on the authorities not to press any charges against Ayu
which are based on her gender identity and violate her fundamental
human rights to freedom of expression and freedom from non-discrimination;
- expressing concern that JAIM ordered the hospital to report other
transsexuals visiting Ayu and calling on the authorities to ensure
that transsexual people in hospital are able to receive visitors
without harassment or discrimination and in line with regular hospital
practice for all patients;
- urging the authorities to reform all laws, regulations and policies
which discriminate against transsexual people in violation of their
human rights.

APPEALS TO:
Datuk Seri Mohd Ali Mohd Rustam
Chief Minister of Melaka
Aras 1, Blok Temenggong,
Seri Negeri, Hang Tuah Jaya,
75450 Ayer Keroh, Melaka, Malaysia
Fax: +60 6232 8620
Salutation: Dear Chief Minister

Dato' Alias bin Md. Saad
Director, Islamic Religious Department of Melaka
Jabatan Agama Islam Melaka (JAIM)
Imarah B, Kompleks MAIM, Bukit Palah, 75150 Melaka, Malaysia
Fax: +60 6283 4022
Email: jaim@melaka.gov.my
Salutation: Dear Director

ACP Johari bin Yahaya
Chief of Police
IPD Melaka Tengah
PDRM, Jalan Banda Kaba, 75561 Melaka, Malaysia
Fax: +60 6282 3848
Salutation: Dear Chief of Police

COPIES TO:
Prime Minister
Dato' Sri Abdullah Ahmad Badawi
Pejabat Perdana Menteri
Aras 1, Blok Utama, Bangunan Perdana Putra,
Pusat Pentadbiran Kerajaan Persekutuan, 62502 Putrajaya, Malaysia
Fax: +60 8888 3444
E-mail: ppm@pmo.gov.my

and to diplomatic representatives of Malaysia accredited to your country.

PLEASE SEND APPEALS IMMEDIATELY.

Check with the International Secretariat, or your section office, if
sending appeals after 14 September 2007.

[end]

Tuesday, July 31, 2007

Haz ruido con MixTape


Las personas aficionadas a la música pueden utilizar un nuevo dispositivo (cortesía de un ex preso político, agradecido a Amnistía Internacional) para hacer ruido en favor de los derechos humanos, en sus blogs o páginas de Facebook.

El dispositivo MixTape (disponible en el sitio web de Make Some Noise) permite escuchar muestras de las canciones directamente desde cualquier página o perfil personal. Para instalarlo, basta cortar y pegar un código.

Este reproductor contiene versiones exclusivas de temas clásicos de John Lennon (que forman parte del nuevo álbum Make Some Noise: The Amnesty International Campaign to Save Darfur), interpretados por artistas de la talla de U2, Green Day y Avril Lavigne.

El dispositivo es una creación de Yobie Benjamin, experto en música digital que atribuye su liberación, hace 30 años, al activismo de Amnistía Internacional.

Benjamin fue detenido en Filipinas en 1977 tras haber ayudado a crear una organización estudiantil de oposición a la ley marcial bajo la dictadura de Marcos. Permaneció recluido durante siete meses, a menudo en régimen de aislamiento, y fue objeto de torturas y amenazas de ejecución. La activista de Amnistía Internacional Deborah Kaufman, le envió una postal que él conservó durante todo el periodo de prisión y que le sirvió de “talismán de la esperanza”.

Ahora, Benjamín considera el dispositivo MixTape, producido por su empresa, Goodstorm, como una forma de “pagar” a Amnistía Internacional por su apoyo.

Según sus propias palabras, “gracias a la tecnología del dispositivo MixTape, todas las personas que lo deseen podrán sumarse a la campaña global de compasión y activismo. Mediante el uso de las tecnologías de difusión por Internet, podremos mantener la campaña global durante muchos meses y llevarla a millones de redes y sitios web de interacción social que cuentan con la participación de personas honradas y amantes de la paz”.

El dispositivo ha sido personalizado para su uso con Facebook, MySpace, Friendster, TypePad, Blogger y WordPress. Funciona como cualquier reproductor de música convencional, pero incorpora nuevas funciones, como las de “comprar” y “firmar la petición”.

Benjamin, que todavía conserva la postal de Kaufman (en la que figura el siguiente mensaje: “Se puede encarcelar a un revolucionario, pero no se puede encarcelar una revolución”), afirmó: “ Creo que hay millones de personas al otro lado de la Red que están deseando formar parte del legado de justicia y paz que han dejado Yoko Ono y John Lennon”.

La promoción de Make Some Noise se encuadra dentro de la campaña de Amnistía Internacional destinada a poner fin a las violaciones de derechos humanos que se cometen en Darfur, en el oeste de Sudán, donde más de 200.000 personas han muerto de forma violenta y al menos dos millones se han visto obligadas a abandonar sus hogares.

Desde que el 12 de junio se publicó el álbum en Internet exclusivamente para descarga digital, Make Some Noise ha logrado unos objetivos de venta considerables: ha alcanzado el primer puesto en la clasificación de álbumes de iTunes en Portugal, Grecia e Irlanda, y ha estado entre los 10 primeros en 13 países. El doble CD se puso a la venta en tiendas de música el 25 de junio.

Si desean más información, consulten:
Make Some Noise: El dispositivo "MixTape" de GoodStorm ayuda a difundir la campaña de Amnistía Internacional en favor de Darfur

Thursday, July 12, 2007

HONDURAS: NUEVAS DETENCIONES ARBITRARIAS. ESTA VEZ LAS VICTIMAS SON PERSONAS TRAVESTIS

Agradecemos a Paula Ettelbrick del IGLHRC el envio de la siguiente informacion.

HONDURAS: NUEVAS DETENCIONES ARBITRARIAS. ESTA VEZ LAS VICTIMAS SON PERSONAS TRAVESTIS


RESUMEN

El sábado 26 de mayo de 2007, Claudia Spellmant, activista trans del Colectivo Travesti de San Pedro Sula, se dirigía por el Boulevard Morazán al estadio Francisco Morazán en la ciudad de San Pedro Sulas en Honduras a un recital de música cuando fue interceptada por la patrulla numero 57 de la policía municipal. La intimaron a subirse en el patrullero sin razón alguna y al negarse ella, haciendo uso de la fuerza y la violencia la llevaron detenida a la llamada Posta Municipal donde al cabo de media hora llegaron detenidas a otras siete mujeres, tres de ellas travestis. En esa dependencia las detenidas fueron abusadas verbal, física y psicológicamente por los oficiales de policía. Asimismo el comandante general de la policía municipal, Coronel Sandoval dio instrucciones de golpear a Nahomy Otero, una de las travestis detenidas con la excusa de haber desobedecido sus instrucciones de que las personas travestis no tienen permiso para transitar por esa zona ya que la misma es para gente decente y normal.

ACCIÓN

IGLHRC se une a la RED LAC TRANS, para solicitarles que, por favor, escriban HOY a las siguientes autoridades, condenando que se penalice a travestis y transexuales por el mero hecho de ser quienes son y no porque hayan cometido falta alguna. IGLHRC y los activistas de Honduras también solicitamos una completa investigación del incidente.

Debajo encontrarán una carta modelo.

Por favor escriban a:

Fiscal General del Estado
Sr. Leónidas Rosa Bautista
Ministerio Público, Lomas del Guijarro
Tegucigalpa, Honduras
FAX +504 221 5667

Ministro de Seguridad, Secretaría de Seguridad
Sr. Álvaro Antonio Romero Salgado
Edificio Pujol, 4to. Piso, Col. Palmira (Blvd. Morazán)
Tegucigalpa, Honduras
Teléfonos: (504) 220-5547, (504) 220-4553
Fax: (504) 237-9070, +504 220 4352

Comisionado Nacional de los Derechos Humanos Sr. Ramón Custodio López
Dirección: Colonia Florencia Norte, Boulevard Suyapa, Tegucigalpa, Honduras C.A.
Teléfonos: +504 239-0438, 239-0433,
Fax: +504 232-6894
Correo Electrónico: custodiolopez@conadeh.hn

Sr. Alcalde San Pedro Sula: Lic. Rodolfo Padilla Sunseri
Teléfonos: (+504) 550-60-29 / (+504) 550-51-30 / (+504) 558-19-95 / (+504) 557-99-78
Fax: (+504) 557-35-56
Correo Electrónico: sps@honduras.com

Delegación de los Derechos Humanos Regional del Norte
Wilfredo Castellanos, Delegado Regional
Dirección: Barrio El Benque, Casa No.70 Novena Avenida, Cuarta Calle Sur Oeste, San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
Teléfono: (+504) 552-81-13,
Fax: (+504) 552-82-40
Correo Electrónico: norte@conadeh.hn

Por favor envíen una copia por mail a:

Claudia Spellmant
Colectivo Travesti
Correo Electrónico: ctravesti@yahoo.es

Fernando D'Elio
IGLHRC- Programa para América Latina y el Caribe
Correo electrónico: fdelio@iglhrc.org


CARTA MODELO


Estimados/as Señor/es/as
De nuestra consideración:

Por la presente nos dirigimos a usted con el fin de expresar nuestra preocupación por el arresto de Claudia Spellmant, travesti, que fue detenida en el Boulevard Morazán de la Ciudad de San Pedro Sulas cuando se dirigía a un recital. Ese mismo día fueron arrestadas otras siete personas (entre ellas una menor de doce años que luego pudo escapar saltando un muro de alambre de púas) maltratadas verbal, física y psicológicamente, sin haber cometido delito alguno sino ejercer su derecho a transitar libremente por las calles de la ciudad. Mas tarde fueron liberadas dos mujeres demostrando una clara discriminación por las personas travestis.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, solicitamos a ustedes lo siguiente:

- Realizar una investigación exhaustiva sobre los hechos denunciados, que deberá comenzar por convocar a las/os activistas, a que se reúnan con ustedes y les presenten los hechos.

- Sancionar debidamente a los efectivos que resulten culpables de haber ejercido violencia y/o trato discriminatorio contra las personas travestis en estos hechos.

- Convocar a la ciudadanía -y especialmente a los grupos organizados que trabajan con las poblaciones objeto de discriminación y maltrato en la ciudad- para aportar sus puntos de vista acerca de cómo podrían conjugarse la protección ciudadana con el respeto irrestricto a los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad.

Quedamos a la espera de su respuesta y de sus acciones futuras en este tema.

Cordialmente,

(nombre, organización y dirección)

ANTECEDENTES

Estos episodios son comunes en Honduras. En el mes de mayo Amnistía Internacional lanzó una Acción de Alerta por la detención del activista Donny Reyes y otros integrantes de la organización GLTTTB Arco iris. Para mas información sobre el caso de Donny dirigirse a: http://web.amnesty.org/library/Index/ESLAMR370022007 y, a: http://web.amnesty.org/library/Index/ESLAMR370042007?open&of=ESL-2AM

Para mas información sobre la situación de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales y Taansgenero (LGBT) en Honduras por favor pueden dirigirse a nuestro sitio web, encontrando alli un Reporte efectuado por Global Rights y la International Human Rights Clinic at the University of Virginia School of Law, con la asistencia de IGLHRC. http://www.iglhrc.org/site/iglhrc/section.php?id=5&detail=692

LEGISLACION INTERNACIONAL Y NACIONAL

Derecho a no ser discriminada/o y a la igualdad ante la ley: Artículos 2 y 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos - DUDH; Artículo 2 del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales - PDESC; Artículos 2 y 26 del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos - PDCP; Artículos 1 y 24 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos - CIDH y los artículos 60 y 61 de la Constitución de Honduras. El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas afirmó en su decisión sobre el caso Toonen c/Australia (1994) que las protecciones ya existentes contra la discriminación en los artículos 2 y 26 del PDCP se deben leer como incluyentes de la orientación sexual en cuanto categoría protegida (incluida dentro del concepto de "sexo"). Derecho a la libre expresión: Artículo 19 de la DUDH, Artículo 19 del PDCP y Artículo 13 de la CIDH.

La Declaración Universal de Derechos Humanos se considera parte de la legislación consuetudinaria internacional y de cumplimiento obligatorio para todos los estados miembros de Naciones Unidas.

En ciudades de EEUU como West Hollywood (1998), Ann Arbor (1999) y Chicago (2002), así como en el estado de Connecticut (2004) existen provisiones que protegen contra la discriminación por "identidad de género". En la ciudad de Boston (2002) y en los estados de Kentucky, Michigan y Ohio desde 2004 existen provisiones que protegen contra la discriminación por "identidad y expresión de género". Se entiende por "expresión de género", la forma en que las personas expresan la percepción que tienen de sí mismas en términos de género, a través de la vestimenta y la conducta.